LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD, EXENTA
Quienes hayan sido padres o madres en 2019 y hayan disfrutado de la prestación por maternidad y paternidad de la Seguridad Social, no tendrán que incluirla en la declaración de la renta. Este ingreso forma parte de las rentas exentas por las que no hay que pagar en el IRPF.
Eso sí, no hay que olvidarse de incluir las aportaciones de la baja por maternidad a la Seguridad Social como gasto deducible.
DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
La deducción por maternidad para madres trabajadoras a cargo de niños menores de 3 años sigue vigente en la declaración de la renta 2019. Esta deducción para familias y sus madres es de 1.200 euros al mes y puede cobrarse de forma anticipada a razón de 100 euros al mes. De hecho, lo más normal es haberla ido cobrando mes a mes.
Como novedad, esta prestación por maternidad añade en la renta 2019 la deducción de los gastos de guardería para madres trabajadoras. La desgravación se extiende a centros de educación infantil para niños menores de 3 años.
Se trata en realidad de un incremento de 1.000 euros de la deducción original que se puede aplicar incluso en el ejercicio en el que el menor cumpla los tres años y hasta el mes anterior en el que el pequeño inicie el segundo ciclo de educación infantil.
RENTAS EN ESPECIE COMO LOS CHEQUES GUARDERÍAS
Si la empresa ofrece algún tipo de cheque guardería o algún otro pago similar relacionado con el cuidado o educación de los hijos, se considera una renta en especie que está exenta de tributar en la renta.
Lo mismo ocurre con otras rentas en especie como los cheques gourmet.
DEDUCCIÓN POR FAMILIARES RESIDENTES EN OTRO PAÍS DE LA UNIÓN EUROPEA
Otra de las novedades de la renta 2019 es la deducción para familias cuyos miembros de la unidad familiar residan en otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que no puedan presentar la declaración conjunta por este motivo.
Este beneficio fiscal para las familias busca equiparar la cuota a la que tendrían si todos los miembros de la unidad residiesen en España.
DEDUCCIÓN PARA FAMILIAS NUMEROSAS
Las familias numerosas también tienen ventajas fiscales adicionales. En concreto, existe una deducción por familia numerosa que asciende a 1.200 euros.
Para poder disfrutar de la deducción por familia numerosa hay que cumplir una serie de requisitos:
- Ser familia numerosa o familia numerosa de categoría especial.
- Ser familia monoparental con dos o más hijos a cargo, siempre que no se reciba una pensión de alimentos por ellos.
- Personas con descendientes con discapacidad a cargo.
- Por cada ascendiente a cargo con discapacidad.
La cuantía de la deducción es de 1.200 con carácter general y se aplica a las familias numerosas. Esta cantidad se multiplica por dos para las familias numerosas de carácter especial, que son las que tienen 5 hijos o más. Para ellos la deducción por familia numerosa es de 2.400 euros.
Esta deducción para familias numerosas es compatible con la deducción de 1.200 euros por cada descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo. Es decir, si eres una familia numerosa y además alguno de los hijos tiene alguna discapacidad o algún ascendiente con discapacidad.
Como ocurre con la deducción por maternidad, esta deducción para familias se puede cobrar de forma anticipada.
LOS MÍNIMOS PERSONAL Y FAMILIARES
El mínimo personal y familiar es otra forma de pagar menos en la renta por ser familia. Estos mínimos se aplicarán de forma automática. Son los siguientes:
Fuente: AEAT
LAS DEDUCCIONES AUTONÓMICAS PARA FAMILIAS
Existen toda una batería de deducciones autonómicas para familias que van desde las desgravaciones por nacimiento o adopción (las más habituales) hasta otras que cubren gastos escolares o guardería.
QUE HIJOS SE PUEDEN INCLUIR EN LA RENTA
Para poder aplicar los beneficios fiscales para familias se debe incluir a los hijos dentro de la unidad familiar y hacer con ellos la declaración de la renta.
Luis Garau
Asesor Fiscal.
Publicado el 14 May 2020