RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS ILLES BALEARS

En su apartado cinco incluye un régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras. Este régimen es aplicable a


1.Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

2.Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

3.Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


Se aplicará una bonificación del 10% de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears por ellos mismos, propios de actividades agrícolas, ganaderas, industriales y pesqueras, en este último caso en relación con las capturas efectuadas en su zona pesquera y acuícola. Se podrán beneficiar de esta bonificación las personas o entidades domiciliadas en las Illes Balears o en otros territorios que se dediquen a la producción de tales bienes en el archipiélago, mediante sucursal o establecimiento permanente.


El régimen enumera una serie de requisitos para poderse aplicar dicha bonificación.


La aplicación de la bonificación en cada período impositivo requerirá que la plantilla media de la entidad en dicho período no sea inferior a la plantilla media correspondiente a los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo en que tenga efectos el régimen previsto en este apartado.


La bonificación se incrementará hasta el 25 por ciento en aquellos períodos impositivos en los que, además de cumplirse el requisito de incremento de plantilla anterior, se haya producido un incremento de plantilla media no inferior a la unidad respecto de la plantilla media del período impositivo anterior y dicho incremento se mantenga durante, al menos, un plazo de tres años a partir de la fecha de finalización del período impositivo en el que se aplique esta bonificación incrementada.

La bonificación regulada en este apartado no será aplicable a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears propios de actividades de construcción naval, fibras sintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón.


Ahora solo quedará ver si se aprueban o no para poder acogerse a este régimen que podría beneficiar a muchas empresas de estas islas.



LOURDES GARAU

Asesora fiscal.

Publicado el 15 December 2022

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