El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 trae consigo diversas novedades fiscales, entre las cuales, detallamos a continuación las relativas a pequeñas empresas y empresarios individuales, acogidos a estimación directa simplificada o estimación objetiva:
En materia de Impuesto sobre Sociedades
Para aquellas sociedades que tengan un importe de cifra de negocios inferior a 1 millón de euros en el periodo impositivo anterior y no tengan la consideración de entidad patrimonial, se reduce el tipo impositivo al 23%.
En materia de IRPF para autónomos
- Se eleva el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación, pasando del 5% al 7%. Recordando que el límite absoluto que no puede sobrepasarse continúa siendo de 2.000 euros.
- Se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes para la obtención del rendimiento en estimación directa simplificada.
- En el ámbito de los profesionales que determinan el rendimiento de su actividad económica en base al método de estimación objetiva, se eleva al 10% la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023.
- Se prorrogan para el período impositivo 2023 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.
Luis Garau
Asesor fiscal
Publicado el 11 November 2022